Un dovere morale MondoLatino Viaggi
Mondo Latino
Indice

DOCUMENTO DE ESTADIA

 
Vai


Desde el 8 de enero 2007, la "carta di soggiorno" para los ciudadanos extranjeros fue sostituida por el "permesso di soggiorno CE" para las estadías de largo período.

Este tipo de "permesso di soggiorno" es a tiempo indeterminado y puede ser solicitado solamente de quien posee un "permesso di soggiorno" de por lo menos 5 años. La solictud se debe presentar en las oficinas de correos o, sin utilizar el kit, en las Alcaldías (Comuni) (pdf 13 Kb) que ofrecen este servicio o en los Patronatos (pdf 2 Kb)

A la solicitud es necesario anexar:

  • copia del pasaporte o documento equivalente, en período de validez;
  • copia de la declaracaión de renta (la renta debe ser superior al importe anual del cheque social); para los colaboradores domésticos (colf/asistentes): exhibición de los boletines INPS o extracto analítico de contribución emitido por el INPS;
  • certificato judicial y certificados de las certificaciones de las inscripciones relacionadas con procedimientos penales;
  • un alojamiento idóneo docuemntado si la solicitud se presenta también para los familiares;
  • copias de los salarios relacionados con el año en curso;
  • documentación relacionada ala residencia y al estado de familia;
  • boletín postal de pago del "permesso di soggiorno" electrónico (27,50€)
  • marca telemática de euro 14,62

El costo de la recomendada es de euro 30.

El "permesso di soggiorno CE" no puede ser emitido a quién representa un peligro para el orden público o a la seguridad del Estado.

La solicitud puede ser presentada también para el cónyuge, los hijos menores y, si a cargo, por los hijos mayores y los propios padres.

Para obtener el "permesso CE" también para los familiares, ademá de los documentos indicados antes, es necesario:

  • tener una renta suficiente para la composición del núcleo familiar. En el caso de dos o más hijos, de edad inferior a los 14 años, al renta mínima debe ser igual al doble del importe anual del cheque social;
  • tener la certificació anagráfica que certifique la relación familiar. La documentación proveniente del extranjero debe ser traducida, legalizada y certificada por las autoridades consulares en el País de pertenencia o de residencia estable del extranjero.

Con il "permesso di soggiorno CE" es posible:

  • entrar en Italia sin visa;
  • desarrollar actividad lavorable;
  • usufruir de los servicios y de las prestaciones erogadas por la administración pública;
  • participar a la vida pública local.

El extranjero titular de un "permesso di soggiorno CE", emitido por otro Estado miembro, puede permanecer en Italia más de 3 meses, para:

  • ejercitar una actividad económica como trabajador regular;
  • frecuentar cursos de estudio o de formación profesional;
  • residir, demostrando de tener suficientas medios de sustentación (renta superior al doble del importe mínimo previsto para la excención del costo santiario) y estipulando una aseguración sanitaria por el entero período de permanencia.
    En este caso el extranjero titular obtiene un "permesso di soggiorno" mientras a los familiares ser´ emitido un "permesso di soggiorno" por motivos de familia.

Prohibiciones y revocaciones

No es posible solicitar el "permesso di soggiorno CE" en los siguientes casos:

  • por motivos de estudio o formación profesional;
  • por estadías a título de protección tempóranea o por motivos humanitarios;
  • por asilo o en espera de reconocimiento del status de refugiado;
  • por poseer un "permesso di soggiorno" de breve duración;
  • a los diplomáticos, cónsules, personas que gozan de funciones equivalentes y a los miembros de representaciones acreditadas en organizaciones internacionales de carácter universal.

El "permesso di soggiorno CE" es revocable cuando:

  • se adquiere fraudolentamente;
  • en caso de expulsión;
  • las condiciones de emisión caducan;
  • en caso de ausencia del territorio de la UnióN per un período de 12 meses consecutivos;
  • en caso de obtener un "permesso di soggiorno" de largo período por parte de un altro Estado miembro de la Unión Europea;
  • en caso de ausencia del Estado italiano per un período superior a 6 años.